El abogado de oficio designado como asesor legal de la parte demandada analiza la viabilidad de interponer un recurso de casación contra el fallo de alzada.
La justicia confirmó en segunda instancia la condición de dominio público de un valioso predio de seis hectáreas de superficie ubicado en primera fila frente al mar en el balneario Playa Grande de Piriápolis al finalizar un trámite judicial que se remonta a los primeros años del siglo en curso.
Por su ubicación, entre la costa del Río de la Plata y el trazado de la rambla de los Argentinos, y por su gran extensión, el predio en cuestión es uno de los más valiosos de la costa del departamento de Maldonado con un valor puede superar los tres millones de dólares si es vendido en el ámbito que se conoce como “el comercio de los hombres”.
El tribunal de apelaciones en lo civil de 5º turno confirmó el pasado 28 de junio el fallo en primera instancia de la jueza civil de 6º turno de Maldonado, Gabriela Tuberosa quien desestimó la propiedad del citado predio reclamada por varias personas. Sin embargo, en su fallo, la jueza Tuberosa, desestimó el planteo de la demandante de declarar la nulidad de las escrituras relativas al citado padrón. El caso fue sustanciado en el expediente caratulado “I.M.M c/Posada, Norma y otros – Demanda de solicitud de declaratoria de dominio público y de nulidad de escritura”. El fallo en primera instancia acogió parcialmente la pretensión deducida y en su mérito declaró del dominio público el padrón Nº 2059 de la Quinta Sección Catastral de Maldonado, Playa Grande.
Recurso
El abogado de oficio designado en este caso como asesor legal de la parte demandada, Juan José Guri, analiza la viabilidad de interponer un recurso de casación contra el fallo de alzada. Guri defiende a un grupo de propietarios que a comienzos de los años noventa enajenaron el citado predio. Entre ellos figura la familia Heber Fontana, uno de cuyos integrantes es el actual ministro del Interior Luis Alberto Heber Fontana.
Otro grupo de codemandados también, en tiempo y forma, interpuso otro recurso de apelación contra el mencionado fallo en primera instancia. En este caso, los apelantes calificaron de “contradictorio e injusto” el fallo de Tuberosa ya que declara el bien como de dominio público, pero valida las escrituras públicas por ser un bien de propiedad privada válidamente adquirido y enajenado”. Los reclamantes en este caso son Daniel Gasalla y Susana Elizeire en representación de Norma Posada, Cecilia y Adolfo Krysztopowicz.
La parte actora del juicio, la Intendencia de Maldonado, también disconforme con el fallo en primera instancia, presentó un recurso de apelación.
La Intendencia resistió el fallo porque no se declaró la nulidad de las escrituras, “lo que resulta contradictorio con la declaración de dominio público del inmueble, ya que este no está en el comercio de los hombres; para determinar que el bien tuvo salida fiscal, la sentencia se funda en una prueba inadmisible -informe de la ANV- que se introdujo en forma extemporánea, no revistiendo la naturaleza de hecho nuevo; no se resolvió la pretensión incidental de falsedad ideológica de dicho informe”.
El tribunal revocó la sentencia al declarar la condición de dominio público del predio. Sin embargo, declaró la nulidad de los negocios jurídicos impugnados.
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• Fuente: Diario Correo Punta del Este
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