La propuesta técnica ya fue aprobada por el grupo de trabajo del gobierno que lleva adelante la licitación integrado por los ministerios de Turismo y de Economía y Finanzas, por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y por la Intendencia de Maldonado.
La apertura del sobre con la propuesta económica de FOSARA SA se cumplirá el próximo 28 de abril, adelantó el ministro de Turismo, Germán Cardoso. “Ahora hemos fijado el segundo paso en el proceso licitatorio. Lo tenemos fijado para el próximo 28 de abril, que es el sostenimiento de la oferta económica”, dijo el secretario de estado.
El proceso ya pasó la primera parte, que consistió en el análisis de la propuesta técnica presentada por el grupo encabezado por el empresario italiano Giuseppe Cipriani. Esta instancia fue denominada “SOBRE N° 1: “ANTECEDENTES DEL OFERENTE Y PROPUESTA INTEGRAL”
La propuesta técnica fue aprobada por el grupo de trabajo del gobierno que lleva adelante la licitación. El mismo es integrado por los ministerios de Turismo y de Economía y Finanzas, por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y por la Intendencia de Maldonado.
Segunda parte
Una vez aprobada la propuesta técnica el proceso pasó a la segunda instancia de la misma en la que se procederá a la apertura del sobre con la propuesta económica realizada por Fosara SA, empresa propietaria de la manzana 815 de Punta del Este y único participante del proceso licitatorio. Esta instancia se llama “OFERTA ECONÓMICA”
La propuesta fijó una inversión mínima de 160.000.000 de dólares sin que se considere el valor de la tierra donde se levantará el complejo Cipriani. Empero, en esta segunda etapa solo se analizará la propuesta económica. Es decir, el monto de dinero que ofertará el grupo Cipriani para explotar el casino privado.
El pliego de la licitación establece, en el capítulo “Canon”, que en esta instancia el inversor deberá comprometerse a abonar un canon anual de un porcentaje de los ingresos brutos del casino con un monto mínimo anual.
“El porcentaje de los ingresos brutos del Casino obtenidos durante el año respectivo se fija en 7,20 % desde el primer año de concesión hasta el año 2026 inclusive y en 7,95% a partir de 2027 y hasta el final de la concesión”, dice el contrato.
“Por su parte, el monto mínimo anual a pagar se fija en US$ 7.800.000 (siete millones ochocientos mil dólares estadounidenses) para el año 2020 y se incrementa anualmente a razón de US$ 100.000 (cien mil dólares estadounidenses) hasta el año 2026 inclusive. Por último, el monto mínimo anual a pagar para todo el período comprendido entre el año 2027 inclusive y el final de la concesión será un único valor anual fijo que deberá ser propuesto por el oferente como parte de su Oferta Económica (tal como se establece en la cláusula 6 del Capítulo II del presente Pliego, SOBRE N° 2: “OFERTA ECONÓMICA”, literal A), debiendo ser equivalente o superior a US$ 8.400.000 (ocho millones cuatrocientos mil dólares estadounidenses), según está indicado en la Tabla a continuación”, agrega.
Beneficios
Por ser el autor de la propuesta, el grupo FOSARA SA tiene varios beneficios, los que fueron establecidos por la ley 17.555. De acuerdo a lo establecido en el artículo 16 del Decreto reglamentario Nº 442/002 de 28 de setiembre de 2002 el proponente de la iniciativa privada gozará de los siguientes derechos y preferencias:
1. Si se presentare al procedimiento competitivo solo o integrado a un consorcio o sociedad, tendrá como única compensación el derecho a beneficiarse con un porcentaje del 5% (cinco por ciento) sobre el valor ofertado.
2. Si su oferta, considerando el beneficio anterior, no resultara ganadora, el promotor podrá solicitar que se promueva un proceso de mejora de oferta en un plazo que no excederá el término original que se hubiere otorgado para el procedimiento competitivo previsto.
3. No deberá abonar el costo de adquisición de las bases de contratación del presente llamado.